Publicado 2018-09-26 10:09:21
Destacado Tags: Regimen Simplificado¿ES OBLIGACIÓN DE LOS NEGOCIOS PEQUEÑOS LLEVAR CONTABILIDAD?
El
85% de negocios de régimen simplificado no cuentan con el libro fiscal de
operaciones diarias o lo tienen en atraso.
Si
es de su interés evitar sanciones para su establecimiento es importante conocer
si debe o no cumplir con la obligación de llevar contabilidad simplificada.
Al
terminar el articulo podrá saber si su establecimiento está preparado para
recibir de visitas de inspección o requerimientos por parte de entidades de
fiscalización.
Si eres
comerciante o prestador de servicios y tienes un establecimiento abierto al
publico debes tener claro si perteneces o no al régimen simplificado, todos los
años, la DIAN informa cuales son las condiciones para pertenecer a este tipo de
régimen.
(Ver en el blog: Requisitos a cumplir para ser del régimensimplificado) la principal condición se podría decir
que es el total de ventas anuales de $111.507.000. ($9.292.250
mensuales), si el total de tus ingresos en el año 2017 fueron menores a
este valor, eres parte de los establecimientos que deben llevar un libro
fiscal, si por el contrario, lo superas, entras a otro régimen y tu
contabilidad debe ser diferente, te recomiendo dar click aquí y solicites una asesoría personalizada.
El libro
fiscal, también llamado libro de diario o libro de tres columnas, (Ver en el blog: que es el libro fiscal y recomendaciones para diligenciarlo) es donde se diligencia el total de las operaciones
diarias de un establecimiento de comercio tales como: ventas, compras y gastos,
por ende, es la contabilidad simplificada.
Este
libro fiscal es la prueba para que las entidades como la DIAN verifiquen que
perteneces al régimen simplificado, por eso, la importancia de tenerlo al día y
bien diligenciado.
¿Y si no lo estoy diligenciando?
Según
el artículo 616 de Estatuto Tributario indica que: “Este libro fiscal deberá
reposar en el establecimiento de comercio y la no presentación del mismo al
momento que lo requiera la administración, o la constatación del atraso, dará
lugar a la aplicación de las sanciones y procedimientos contemplados en el
artículo 652...”.
Para
resumir un poco la norma, la sanción que le impondrían al no presentar el libro
fiscal o presentar atraso, es del 1% de los ingresos que haya dejado de
diligenciar en su contabilidad, así que hagamos cuentas, en promedio un año sin
llevar el libro fiscal le estaría costando un valor de alrededor de $1.115.000
aproximadamente, sin contar los intereses y otras sanciones que la entidad le
pueda adjudicar.
Teniendo en cuenta lo anterior, si perteneces al grupo de comerciantes o prestadores de servicios del régimen simplificado, ya sabes que es obligatorio tener tu contabilidad simplificada, imagina poder hacerlo de una forma sencilla y tener la tranquilidad de estar al día, tú mismo lo puedes hacer y cumplir con la normatividad vigente, y lo mejor de todo, es digital y cuenta con otras herramientas importantes para aprovechar más tu negocio y protegerlo de otras sanciones. Te guiaremos en el proceso de llevar tu libro fiscaldigital.